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PRINCIPALES NOVEDADES  INTRODUCIDAS POR LA ORDEN HAP/1732/2014 QUE MODIFICA LOS MODELOS 347 Y 180

Por 13 noviembre, 2014 Sin comentarios

Las principales novedades tributarias introducidas por la Orden HAP/1732/2014 de 24 de septiembre que afectan a la Declaración Anual de Operaciones con Terceras Personas- Mod 347, y con efectos para la declaración correspondiente al ejercicio 2014, a presentar en febrero de 2015,  son:

  • En cuanto al ámbito subjetivo ; deben incluirse como obligados a presentar la declaración las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal y algunas entidades de carácter social, por las adquisiciones en general de bienes y servicios.
  • Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA que no sólo deberán suministrar información por las operaciones que emitan factura sino también por las operaciones por las que reciban factura.
  • Las distintas AA.PP deberán relacionar a aquellas personas o entidades a quienes hayan satisfecho subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe.

novedades-tributarias

En cuanto al contenido de la declaración, debe de consignarse separadamente de otras operaciones;

  • Operaciones incluidas en el régimen especial de criterio de caja.
  • Operaciones con inversión del sujeto pasivo.
  • Operaciones con bienes vinculados o destinados a vincularse al régimen de depósito distinto del aduanero exentas del IVA.

Se incorpora un nuevo campo de identificación del declarado para consignar el NIF-IVA en el caso de empresarios o profesionales establecidos en otro Estado miembro que carezca de NIF.

La novedad tributaria que afecta al Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta sobre Rendimientos procedentes del Arrendamiento o Subarrendamiento de Inmuebles Urbanos- Mod 180, y con efectos para la declaración correspondiente al ejercicio 2014, a presentar en enero de 2015,  es que se incluyen nuevos campos para poder reflejar las referencias catastrales de los inmuebles urbanos arrendados, que sean locales y estén sujetos a retención. Esta novedad provoca que queden excluidas del deber de declaración del arrendador en el modelo 347, para evitar duplicidad de información.

Nuria García López

Deptartamento Fiscal

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